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Ley de Alquileres > lo que tenés que saber

    Ya se publicó en boletín oficial la nueva ley de alquileres y a partir del 1° de Julio de 2020 entró en vigencia.

    Seas inquilino o propietario te contamos TODO lo que tenés que saber sobre las nuevas disposiciones de alquileres:

    • Los contratos serán por un plazo mínimo de TRES años.
    • Si vas a alquilar una vivienda solo te podrán exigir UN mes de adelanto.
    • Los ajustes serán ANUALES.
    • El locador deberá declarar el contrato en AFIP.


    DEPÓSITO: no puede ser mayor a un mes de alquiler y el importe no podrá ser mayor al equivalente del primer mes de alquiler. (Viviendas)
    GARANTÍA: el locatario le podrá ofrecer al locador y serán válidas las siguientes garantías: títulos de propiedades, aval bancario, seguro de caución, garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos).
    Arreglos en el inmueble: los inquilinos van a poder hacer arreglos URGENTES y luego descontarlos del alquiler, en caso de negativa o silencio del locador, una vez transcurridas las 24hs de notificarlo.
    EXPENSAS EXTRAORDINARIAS: son a cargo del locador.
    OJO! Depende de cada edificio que gastos figuran en cada expensa. Es un punto que no es igual para todos!


    • El impuesto inmobiliario y municipal está a cargo del propietario.
    RENOVACIÓN: El locador le tiene que avisar al inquilino con TRES meses de anticipación si le va a renovar el contrato y las condiciones del mismo.
    Resolución de Conflictos: deberán ser en el ámbito público de las provincias y en C.A.B.A en ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.

    ¿TENÉS MÁS DUDAS?

    Ponete en contacto con nosotros y te estaremos asesorando a la brevedad

    seas inquilino y propietario