Ya se publicó en boletín oficial la nueva ley de alquileres y a partir del 1° de Julio de 2020 entró en vigencia.
Seas inquilino o propietario te contamos TODO lo que tenés que saber sobre las nuevas disposiciones de alquileres:
• Los contratos serán por un plazo mínimo de TRES años.
• Si vas a alquilar una vivienda solo te podrán exigir UN mes de adelanto.
• Los ajustes serán ANUALES.
• El locador deberá declarar el contrato en AFIP.
• DEPÓSITO: no puede ser mayor a un mes de alquiler y el importe no podrá ser mayor al equivalente del primer mes de alquiler. (Viviendas)
• GARANTÍA: el locatario le podrá ofrecer al locador y serán válidas las siguientes garantías: títulos de propiedades, aval bancario, seguro de caución, garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos).
• Arreglos en el inmueble: los inquilinos van a poder hacer arreglos URGENTES y luego descontarlos del alquiler, en caso de negativa o silencio del locador, una vez transcurridas las 24hs de notificarlo.
• EXPENSAS EXTRAORDINARIAS: son a cargo del locador.
• OJO! Depende de cada edificio que gastos figuran en cada expensa. Es un punto que no es igual para todos!
• El impuesto inmobiliario y municipal está a cargo del propietario.
• RENOVACIÓN: El locador le tiene que avisar al inquilino con TRES meses de anticipación si le va a renovar el contrato y las condiciones del mismo.
• Resolución de Conflictos: deberán ser en el ámbito público de las provincias y en C.A.B.A en ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.
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seas inquilino y propietario